¿Vendiste tu vivienda el año pasado? 🏠
Entonces tienes que declararlo este año en tu Renta, porque Hacienda lo considera una ganancia o pérdida patrimonial.
¿Qué se declara?
La diferencia entre lo que te costó la vivienda y lo que has recibido al venderla, descontando los gastos asociados (notaría, registro, impuestos, etc.) ✍️
¿Hay que pagar siempre?
No. Existen exenciones si:
• Reinviertes el dinero en tu vivienda habitual 🏡
• Eres mayor de 65 años y era tu vivienda habitual 👵👴
• La venta te ha generado una pérdida 📉
¿Dónde se pone en la Renta?
En el apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales” 📑. Es importante hacerlo bien para no recibir sanciones ⚠️
Consejo:
Cada caso es distinto. La fiscalidad de una venta puede ser compleja, así que asesórate antes de presentar la declaración ✅
Evita errores y no pierdas beneficios fiscales. ¡Te ayudamos! ¡Contáctanos! ☎️